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PREMIO SOLIDARIDAD a la CASA DE ACOGIDA DE LA GUIA

XXIV PREMIO SOLIDARIDAD A LA CASA DE ACOGIDA DE MADRES GESTANTES  EN LA GUIA. HOGARESMD - LA GUIA La Federación de Vecinos, FAV, premia en sus XXIV Premios de Solidaridad a la Casa de Acogida de Madres Gestantes de La Guía, Gijón. EL TEATRO JOVELLANOS DE GIJÓN SE LLENÓ DE SOLIDARIDAD Fue una noche muy emotiva en el teatro Jovellanos, lleno para asistir a esta ceremonia en la que la organización vecinal ha querido reconocer el trabajo de esta Casa de Acogida que ayuda a Madres en Riesgo de Exclusión Social. El Premio fue recogido por la Madre Angustias Illana de San José, superiora en la Casa de Acogida. A raiz de este premio ha sido entrevistada por la prensa. Os pasamos el enlace por si queréis leerla: Entrevista : " Estas mujeres se merecen salir a delante" La soprano  Cinthya Zebaze fue una Madre acogida en HogaresMD-LaGuía La soprano de Camerún Cinthya Zebaze fue la encargada de amenizar la ceremonia. Esta cantante, finalis...

Principios Básicos

A continuación exponemos de forma resumida los principios más relevantes que han de presidir la intervención educativa.


·         El niño/a para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad necesita amor y comprensión... (D Niño 6)

·         El interés superior del niño/a debe ser el principio rector de quienes tienen la responsabilidad de su educación y orientación. (D. Niño 7)


·         La intervención ha de estar dirigida a satisfacer las necesidades del niño o adolescente de forma que se posibilite su adecuado desarrollo biopsicosocial: necesidades de carácter físico y biológico, necesidades cognitivas, necesidades emocionales, necesidades sociales y necesidades educativas
         (Ley orgánica 1/96 de Protección Jurídica del menor)

·         La intervención, cualquiera que sea, debe ser planificada. Debe organizarse en forma de un plan en el que queden determinados los objetivos que se persiguen, así como la duración prevista, los recursos necesarios
      El plan debe basarse en el estudio y valoración de las     circunstancias particulares de cada caso y debe tener en cuenta el nivel de desarrollo evolutivo del niño/a

·         La intervención debe contemplar la mayor participación posible de los padres y del propio niño o adolescente
(Ley Orgánica 1/96. Art. 15)
·         La intervención debe respetar la continuidad de la historia personal y familiar del niño/a. El contacto con la familia de origen es un derecho del niño/a (siempre que sea en interés del mismo/a). Se debe facilitar al niño/a el conocimiento y la relación con su propia historia personal y familiar, en función de su momento evolutivo y de sus necesidades personales


·         La dedicación a la infancia y adolescencia necesitada exige un verdadero ejercicio de la caridad misericordiosa que tienda a suavizar, en la medida de lo posible, el desajuste emotivo, la inseguridad interna y las frustraciones propias de quienes carecen de padres o de un hogar en condiciones normales.
( art. 167 Const.)

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